Títulos de créditos

 Títulos de créditos: También llamado “título valor”, es aquel documento que sirve para ejercitar el derecho literal y autónomo que está expresado en el mismo. Es importante porque facilita la asignación del crédito. Ellos son:

-          Las letras de cambio: Es un titulo de crédito que contiene una promesa incondicionada de hacer pagar o en su defecto, pagar a su portador legitimado una suma determinada de dinero, vinculando solidariamente a todos sus firmantes. 

-          Pagare: Es un documento en el que el emisor se compromete a pagar un importe de dinero a un beneficiario en la fecha que previamente pactaron. Es la misma definición que la letra de cambio, la única diferencia radica en que la letra de cambio es ‘hacer pagar’ y el pagare es ‘pagar’.

-          Cheques: Es una orden de pago librada contra un banco en el cual el librador tiene fondos depositados a su orden en cuenta corriente o autorización para girar en descubierto, o emitir cheque con fecha diferida. Hay 3 tipos:

1. Cheque común: Es el que tiene que ser pagado el día que se presenta al banco. Debe ser presentado dentro de los 30 días contados desde la fecha en que el cheque fue hecho.

2. Cheque de pago diferido: Es una orden de pago a futuro. La fecha de pago puede ser entre 1 y 360 días a partir de que el cheque fue hecho. Al llegar la fecha indicada para el pago, el cheque debe ser presentado en el Banco dentro de los 30 días posteriores.

3. Cheque cancelatorio: Es un medio de pago que se usa en operaciones de compraventa de inmuebles.

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