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Mostrando entradas de enero, 2021

Libertades del aire

Sin estas libertades sería imposible que la aeronavegación tenga algún posible funcionamiento:  1. La primera libertad del aire tiene que ver con el derecho a sobrevolar el territorio de otro estado sin aterrizar.  Por ejemplo: Un avión argentino tiene derecho para llegar a Colombia y atravesar el espacio aéreo Boliviano.  2. Tiene que ver con el derecho que tiene una aeronave de aterrizar en el territorio de otro estado por motivos técnicos. Supongamos algún desperfecto, falta de combustible, mal clima. No incluye la posibilidad de embarcar ni desembarcar pasajeros, ni carga, ni mercadería, solo puede descender por una cuestión técnica.  3. Libertad comercial: Es el derecho de un avión con matrícula en su estado, de embarcar pasajeros y mercaderías en su país y desembarcar en el territorio de otro estado.  Por ejemplo: Avión con matricula Argentina, tiene derecho de embarcar pasajeros y mercaderías en su país y llevarlos a Uruguay.  4. El avión sigue ...

Marcas y señales - Ley 22.939

Es una ley nacional. Esta dice que para poder determinar la propiedad del ganado hay que marcarlo, señalarlo, tatuarlo, ponerle una caravana o un implante. Marca   à  Es toda impresión que se hace en caliente o en frio sobre el animal. Señal   à  Es un corte o una incisión o una marca en la oreja del animal. Tatuaje   à  Se hace con agujas, con una tinta especial sobre el animal. Caravana   à  Es una especie de aro o expansor que tienen en la oreja. Implante   à  Es como un chip que va dentro del animal pero no se sabe dónde. Tenemos 2 tipos de ganados : Ganado mayor : Ganado vacuno, equino, asnos, ganado bubalino. Ganado menor : Ovino, caprino, porcino, cerdo.   El ganado mayor se marca y el menor se señala. El mayor además de la marca puede tener algún otro de los métodos alternativos mencionados. El ganado mayor antes del año de nacimiento tiene que estar marcado y el ganado menor dentro de los 6 meses. Los chanchos a los 4...

Garantías comprendidas en la obligación de saneamiento (Garantía de evicción y Vicios ocultos/redhibitorios)

Cuando hablamos de la obligación de saneamiento estamos frente a dos situaciones: 1. Garantía de evicción : Cuando adquirimos algo a título oneroso, el transmitente debe garantizarnos que no sufriremos evicción, es decir, que ningún tercero nos hará reclamos judiciales que nos priven de lo que hemos adquirido, y que si ello ocurriera se nos indemnizara por los daños y perjuicios. Por ejemplo: Compro un departamento y aparece un tercero que me reclama judicialmente la restitución del inmueble alegando que es propietario. Si me quitan el departamento haré valer la "garantía de evicción" contra el vendedor para que me indemnice los daños y perjuicios ocasionados.  La evicción consiste en una turbación, privación o pérdida que sufra el adquiriente en el derecho que se le ha transmitido. La acción por evicción la ejerce el adquiriente contra el enajenante.  2. Vicios redhibitorios/reditorios/ocultos : Son los defectos ocultos de la cosa (adquirida a título oneroso), existentes al ...

Teoría de las Penas - Derecho Penal

Las penas que el Código Penal de la Nación Argentina establece son las siguientes:  1) Reclusión, prisión : Penas privativas de la libertad  2) Multa : Pena pecuniaria  3) Inhabilitación:  Pena accesoria  Podrán, a criterio del juez competente, cumplir la pena de reclusión o prisión en detención domiciliaria:  a) El interno enfermo cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario le impide recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario;  b) El interno que padezca una enfermedad incurable en período terminal;  c) El interno díscapacitado cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario es inadecuada por su condición implicándole un trato indigno, inhumano o cruel;  d) El interno mayor de setenta (70) años;  e) La mujer embarazada;  f) La madre de un niño menor de cinco (5) años o de una persona con discapacidad a su cargo.

Juicio por Jurados

Concepto : “El tribunal constituido por ciudadanos que pueden o no ser letrados y llamados por la ley para juzgar, conforme a su conciencia, acerca de la culpabilidad o de la inocencia del imputado, limitándose únicamente a la apreciación de los hechos (mediante un veredicto), sin entrar a considerar aspectos jurídicos, reservados al juez o jueces que, juntamente con los jurados, integran el tribunal”. (M. Ossorio).  Sistemas y Modelos:   • El clásico o tradicional: Se encuentra compuesto enteramente por ciudadanos, no tiene intervención ningún juez letrado, por lo que la decisión final o el veredicto es producto exclusivo de quienes son ajenos por completo a todo contenido jurídico, siendo estos los pares.  • El escabinado: Por lo contrario, está conformado por jueces letrados y un número variado de jurados que toman en conjunto la decisión final.  En la actualidad ambos modelos funcionan. El modelo clásico lo podemos encontrar en países como el Reino Unido (Inglate...

Títulos de créditos

  Títulos de créditos : También llamado “título valor”, es aquel documento que sirve para ejercitar el derecho literal y autónomo que está expresado en el mismo. Es importante porque facilita la asignación del crédito. Ellos son: -           Las letras de cambio:  Es un titulo de crédito que contiene una promesa incondicionada de hacer pagar o en su defecto, pagar a su portador legitimado una suma determinada de dinero, vinculando solidariamente a todos sus firmantes.  -           Pagare : Es un documento en el que el emisor se compromete a pagar un importe de dinero a un beneficiario en la fecha que previamente pactaron.  Es la misma definición que la letra de cambio, la única diferencia radica en que la letra de cambio es ‘hacer pagar’ y el pagare es ‘pagar’. -           Cheques : Es una orden de pago librada contra un banco e...

Concursos y quiebras

  Ley de Concursos y Quiebras: La ley 24.522 fue promulgada en 1995, ya lleva 23 años en vigencia.  En la primer parte, del artículo 1° al 76°, trata todo el concurso preventivo. Concurso Preventivo :   El  concurso preventivo  tiene por finalidad evitar la quiebra del deudor, lo que conseguirá éste negociando con sus acreedores.  Artículo 1 de la ley – Cesación de pagos: Establece como presupuesto básico para la presentación al concurso preventivo el estado de cesación de pagos. La persona física o jurídica tiene que demostrarle al juez su estado de cesación de pago para el concurso o solicitar la quiebra eventualmente. El concurso preventivo solo lo puede pedir el deudor.  El concursado conserva la administración de sus bienes , a diferencia de la quiebra que no la conserva. Cede a través del síndico la disposición de sus bienes.  A partir que se produce la apertura del concurso no puede disponer de sus bienes, salvo con autorización especi...

Atributos de la 'Persona'

Las personas tienen atributos, son todas aquellas cualidades jurídicas inseparables que hacen a la base y esencia de la personalidad. Las personas físicas tienen 5 atributos y las jurídicas 4: ●   Nombre,  ●   Domicilio,  ●   Patrimonio,  ●   Estado Civil (únicamente para las personas físicas) y  ●   Capacidad